Hace una semanas contraté un seguro médido familiar. Muy bonito cuando te lo venden, pero luego… Un proceso de onboarding desastroso, una aplicación que no funciona ni patrás, etc. No diré la compañía porque es feo, pero no la recomiendo.

El motivo de este comentario: he recibido la documentación para firmar, e incluye la autorización SEPA. En el texto se me llama “el deudor” hasta 5 veces.

Llámame tiquis miquis, pero podrían ser un poco más delicados a la hora de redactar los documentos legales. Técnicamente es correcto – los términos son deudor y acreedor. Pero “deudor” es un término que tiene una fuerte carga social de mal pagador, y es lo primero que ve mi parte irracional. Desde este momento mi percepción del documento (y de la empresa que lo envía) es muy negativa.

Además, quizás es cosa mía pero “deudor” implica que se ha incurrido en una deuda, y no es el caso cuando se pagan cuotas por adelantado. Aunque quizás me equivoco.

Podrían hablar de pagador y cobrador. De cliente y proveedor. De parte A y parte B. No hace falta que me sienta insultado al firmar una orden de pago – y menos por una empresa que por ahora está muy por debajo de mis expectativas.

Ya está, era eso. Se puede ser un poquito más cuidadoso con lo que mandas a tu cliente. No implicar que es un moroso, ni que va a incumplir su parte, ni a intentar abusar de ti, ni que sea incompetente, tonto o mala persona… Mensajes que son muy habituales en la comunicación de las grandes empresas de servicios.